En el desarrollo de cualquier actividad ya sea laboral o lúdica, independientemente de los riesgos específicos y propios de la misma, todo losciudadanos estamos expuestos a riesgos con motivo de siniestros, catástrofes, calamidades y otros acontecimientos de análoga naturales, espor ello que la AUTOPROTECCIÓN PREVENTIVA constituye una modalidad de la participación ciudadana en la Protección Civil.
La ley de Prevención de Riesgos Laborales establece lanecesidad de que los empresarios en cualquier actividad,y aquí están incluidas no solamente las fábricas, sinocualquier lugar de trabajo, de entretenimiento osimplemente de estancia, como puede ser un edificio deviviendas, que conozcan y den a conocer a los usuarios,trabajadores o terceras personas, las posibles situacionesde emergencia y las medidas adoptadas o a adoptarpara el control de las mismas y para la evacuaciónsegura del lugar.Así pues, un Plan de Emergencia es un conjunto demedidas destinadas a hacer frente a situaciones deriesgo, minimizando los efectos que sobre las personas yenseres se pudieran derivar y, garantizando laevacuación segura de sus ocupantes, si fuese necesaria.